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El Turismo de
Observación de Cetáceos (TOC o Whalewatching),
corresponde a la actividad recreativa de observar a ballenas, delfines
y cetáceos en general, en su entorno natural. Si bien es
desarrollada principalmente desde embarcaciones, también es
posible desde torres costeras y balsas de observación, si
las condiciones ambientales lo permiten. El TOC, forma parte del
“turismo de intereses especiales”. Si bien el
turismo mundial presenta un promedio anual de crecimiento de un 4%, los
observadores de cetáceos superan los nueve millones y crecen
en un 12% cada año. El TOC produce ganancias anuales que
superan el billón de dólares, y se incrementan
anualmente en 18.6% en promedio (E. Hoyt, 2000), constituyendo en
condiciones reguladas, una forma sustentable de explotación
económica, a la caza comercial y/o científica,
con aportes directos e indirectos a la economía local.
Dolphinwatching
El dolphinwatching, corresponde a la categoría dentro del
TOC, en la cual las especies observadas, corresponden a
cetáceos menores, principalmente de la familia Delphinidae.
Cuando realizado desde embarcaciones, suele ser más activa
que con ballenas, aprovechando la conducta de bowriding de algunas
especies. También se presenta como dolphin-watching.
Whalewatching: de forma general, suele utilizarse para indicar Turismo
de Observación de Cetáceos. Sin embargo,
corresponde técnicamente a su categoría en la
cual las especies objetivo, son grandes cetáceos.
Particularmente ballenas, observadas a cierta distancia incluyendo
deriva.
Generalidad del Turismo de
Observación de Cetáceos (TOC)
Los primeros años de inicio del TOC, en un área,
suelen convocar la atención regional y el mercado tiende a
presionar por hacerlo masivo. La biología de los
cetáceos se expresa negativamente ante una
explotación agresiva de su presencia, exhibiendo conductas
de rechazo, evadiendo las embarcaciones, minimizando su presencia y
hasta abandonar el sitio, dañando las inversiones hasta ese
momento desarrolladas. Poniendo . Así, los criterios de
mercado resultan insuficientes para regular el Turismo de
Observación de Cetáceos, requiriendo apoyarse en
el conocimiento científico de la etología1y
ecología de los cetáceos para asegurar su
presencia y sustentar su explotación.
Contando con regulaciones adecuadas, el TOC ha demostrado no
sólo sostenerse como actividad en el tiempo, sino que crecer
en tasas económicamente significativas, pudiendo sustentando
una industria de servicios muy diversa.
El aumento en las ganancias esta basado no en el número de
clientes, sino en la mejora de los servicios: embarcaciones menos
ruidosas, más cómodas, con servicios anexos,
guías especializados, hotelería y transporte
asociados, etc. Sólo si el servicio es de calidad, se logra
acceder al circuito internacional de Whalewatchers. Exigente mercado,
similar a los Birdwatchers, formado en general por parejas de adultos
ya retirados, de Canada, USA y Europa, que no escatiman en gastos
mientras viajan por el mundo visitando localidades de TOC, completando
su guía de especies observadas y reuniéndose
anualmente para compartir sus experiencias. Son clientes muy bien
informados y exigentes que aportan grandes ganancias, pero no dudan en
condenar los mercados que no protegen adecuadamente este recurso.
Criterio de las regulaciones de TOC
Las regulaciones, basadas en estudios ecológicos formales de
la presencia estacional o permanente de la(s) especie(s) objetivo,
procuran la mayor y cercana presencia humana con estas, pero sin que
los cetáceos alteren su conducta y/o actividades naturales,
como forma de garantizar su presencia en el tiempo y permitir entonces
inversiones económicas significativas y permanentes.
Las normas regulan principalmente la forma de acercamiento, el tipo de
embarcación y horarios de la actividad. La CBI ha
incorporado el TOC, como una de las principales temáticas de
investigación, creando en 2003, el Comité de
Conservación para asegurar el mejor tratamiento posible a
esta actividad.
Existe casi un centenar de países que desarrollan el Turismo
de Observación de Cetáceos, la mayoría
de éstos, siendo miembros de la CBI y utilizando
así sus criterios para elaborar los reglamentos respectivos.
Las recomendaciones de la CBI, son el resultado de una permanente
revisión de investigaciones científicas y
experiencias en un esfuerzo internacional por producir un reglamento
estandarizado. En consecuencia, son consideradas como las normas
mínimas a incorporar a la legislación interna de
los países miembros de la CBI, para iniciar adecuadamente la
actividad de TOC. Luego, los estudios científicos locales,
permiten contar con el conocimiento necesario para adecuar las
normativas generales a las realidades particulares de cada sitio.
En consecuencia, el criterio básico es el presentado por el
Comité Científico de la CBI, en la forma de
Principios Generales para el TOC. Un modelo interno de reglamento
basado en investigación local abundante, diversa y reciente,
es el caso del reglamento interno de Australia.
Otras legislaciones pueden ser revisadas
en: http//:www.responsiblewhalewatching.org
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